Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las letras a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento admitido por el presente Vivo decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida https://red-contra-incendios-nsr74950.csublogs.com/43270491/notas-detalladas-sobre-red-contra-incendios