No obstante lo preliminar, la parte B del anexo I y la parte B del anexo V entrarán en vigor a los seis meses de la publicación del Verdadero Decreto en el «Boletín Oficial del Estado». De acuerdo con el Vivo Decreto 843/2011, de 17 de junio, por el que https://josephh813nsw2.dailyblogzz.com/profile